El periodo de prueba es la etapa inicial del contrato de trabajo en la cual el empleador aprecia las aptitudes del trabajador para desempeñar las funciones del cargo y el trabajador evalúa si las condiciones laborales son convenientes para él.
Pero así se trate de una mutua evaluación, durante este periodo, se deben cumplir a cabalidad las obligaciones de afiliación y pago de aportes al sistema de seguridad social integral por parte del empleador.
Derivando de su misma naturaleza transitoria tiene un término máximo de dos meses. Si el contrato es inferior a un año o por obra o labor, el periodo no puede superar la quinta parte de la duración del contrato. Sin embargo, las partes en la autonomía de su voluntad pueden pactar un término menor, prorrogable sin exceder del limite de dos meses.
¿Cuál es la implicación de que se trate de una prueba? La terminación del contrato de trabajo que se ejerza durante este periodo exime al empleador del pago de la indemnización por despido sin justa causa. Sin embargo, la Corte Constitucional ha establecido que la eventual terminación del vínculo por parte del empleador debe ajustarse a circunstancias objetivas que evidencien la falta de aptitudes del trabajador para ejercer la labor.
Cápsula Murcia Mora:
El período de prueba solo es aplicable al inicio del contrato, no siendo eficaz que se implemente una nueva evaluación, como período de prueba, durante prórrogas o cambios de cargo no sustanciales o en los cambios de contrato en los que no se pueda identificar de manera sencilla la diferencia en el objeto y en las condiciones contractuales.
Para estos casos, si lo que se pretende es identificar las aptitudes y capacidades del trabajador para un nuevo cargo a desempeñar, recomendamos que el empleador realice evaluaciones de desempeño internas, de tal manera que, al momento de tomar la decisión, tenga la certeza que va a poder ejercerlo a satisfacción de las necesidades del servicio. Si necesita ayuda con la evaluación del personal y la determinación de los perfiles de los cargos nuestro aliado Synergie TH tiene la solución.
Finalmente, para recordar, el periodo de prueba no puede ser usado como una sanción durante la ejecución del contrato, así, en caso de que el trabajador incurra en una falta deberá adelantarse el respectivo proceso disciplinario y dar lugar a las sanciones que estén previamente establecidas en el Reglamento Interno de Trabajo, el contrato de trabajo y la legislación laboral vigente.